201902.22
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Derecho al uso de la vivienda familiar en caso de divorcio.

El derecho de uso de la vivienda familiar existe y deja de existir en función de las circunstancias que concurren en cada caso y se mantiene en tanto conserve este carácter familiar. La vivienda sobre la que se establece el uso no es otra que aquella en que la familia haya convivido como tal, con una voluntad de permanencia. En caso de que el que tiene atribuido el uso introduce en convivencia una tercera persona en el domicilio pierde éste la consideración de domicilio familiar “por servir en su uso a una familia distinta y diferente”, por tanto la posibilidad de real de seguir ocupando la vivienda es adquiriendo la copropiedad o su venta a un tercero.  Sentencia Tribunal Supremo 2018/638790 Sala 1 20 noviembre de 2018.

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